Piratas, cuando el Derecho no ayuda

En el momento de escribir éste artículo, tenemos a 26 personas secuestradas por piratas. Trece de ellas son españolas y se encuentran ahora mismo en aguas territoriales de Somalia. Y lo peor de todo es que parece que el Derecho Internacional no nos ayuda a solucionar esta crisis.

Afortunadamente en Derecho, cuando algo no funciona es posible arreglarlo. Veamos que es lo que no funciona para entender qué se quiere hacer para solucionarlo.

Existe una importante norma internacional, el Convenio de 1982 sobre Derecho del Mar, que regula la mayoría de aspectos de lo que ocurre en las aguas nacionales e internacionales. Se trata de un instrumento que en gran parte sigue lo dicho por el Convenio sobre Alta Mar de 1958. Ambos textos definen qué es la piratería estableciendo tres requisitos:

1º) una acción ilegítima de violencia, detención o depredación; 2º) cometida con fines personales por la tripulación o pasajeros de un navío o aeronave privada, y 3º) realizada en alta mar o en un lugar no sometido a la jurisdicción de ningún Estado contra un buque o las personas o bienes que se encuentren a bordo bien del mismo u otro buque

Cuando tenemos un caso que reune estos requisitos puede ser considerado piratería y se puede actuar de forma legítima: la piratería lleva como consecuencia, además de la posibilidad de proceder al apresamiento del buque, a detener a las personas e incautarse de los bienes que se encuentren a bordo e imponer, a través de los tribunales del Estado que haya efectuado la presa, las penas oportunas y las medidas que haya que tomar respecto al buque y los bienes encontrados a bordo.

Como vemos, el caso del Playa de Bakio encaja perfectamente en este caso, y nuestros buques y aeronaves podrían actuar contra ellos si no fuera porque… los piratas se han adentrado en aguas territoriales de Somalia.

En una situación normal, el estado en cuyas aguas territoriales se han intentado resguardar los piratas tomaría medidas para apresarlos y restaurar el orden. Sin embargo la situación en Somalia es todo excepto normal. El Estado es allí débil y no tiene capacidad para controlar sus mares.

Si ellos no pueden controlar sus aguas, parecería normal que otro país pudiera entrar para «hacer justicia» y rescatar a los suyos, ¿no? Pues no. El Derecho del Mar es muy restrictivo en este sentido y la entrada de una fragata en las aguas territoriales de un tercer Estado podría ser considerado un acto de guerra en caso de no contar con su aprobación.

Por ello, Francia, Reino Unido y Estados Unidos están intentando promover en Naciones Unidas una reforma del Convenio de 1982 para hacer posible el entrar en aguas territoriales para perseguir a los piratas.

¿Lo conseguirán?